New Mexico Register / Volume
XXIX, Issue 11 / June 12, 2018
AVISO
DE AUDIENCIA PÚBLICA PARA REVOCAR Y REEMPLAZAR 20.3.20 NMAC DEL REGLAMENTO DE
PROTECCIÓN CONTRA LA RADIACIÓN
La Junta para el Mejoramiento Ambiental de Nuevo México (“EIB” por su sigla
en inglés) celebrará una audiencia pública a partir de las 9:30 de la mañana
del viernes 24 de agosto de 2018, en la Sala 307 del Edificio del Capitolio
Estatal, ubicado en 490 Old Santa Fe Trail, Santa Fe,
Nuevo México, 87501. El lugar indicado para la audiencia podrá cambiar antes de
la fecha de la audiencia, por lo que aquellos interesados en asistir deberán
verificar esta información en el sitio web de la EIB: http://www.env.nm.gov/eib antes de la
audiencia.
El propósito de la audiencia es considerar la revocación y el
reemplazo de 20.3.20 NMAC. La Oficina de Control de la Radiación del
Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México (“NMED” por su sigla en inglés)
es la entidad que propone la revocación y el reemplazo.
La revocación y el reemplazo modificarán las normas para que cumplan
con los recientes cambios de la Ley de salud y seguridad relativa al
diagnóstico médico por imágenes y radioterapia (la “Ley”), NMSA 1978, Secciones
61-14E-1 a -12 (1990), anteriormente conocida como la Ley de salud y seguridad
relativa a la radiación médica. La Ley fue enmendada para incluir requisitos de
licencia y certificación para los operadores de equipos médicos que emiten
radiación tanto ionizante y como no ionizante. Previamente, la Ley solo
regulaba con respecto a las personas involucradas en la práctica de tecnología
radiológica para la aplicación de radiación ionizante. El NMED propone que la
EIB revoque y reemplace 20.3.20 NMAC del Reglamento de Protección contra la
Radiación conforme a su autoridad según la Sección 61-14E-5, NMSA 1978 y la
Sección 74-1-8(A)(5). Téngase en cuenta que, durante
la audiencia, se podrán proponer cambios de formato y cambios técnicos de menor
envergadura en las normas, aparte de aquellos propuestos por el NMED. Asimismo,
la EIB podrá hacer otros cambios, según sea necesario, en respuesta a los
comentarios del público y a las pruebas presentadas durante la audiencia.
Los interesados podrán examinar las nuevas normas propuestas durante
el horario de atención al público, en la Oficina de Audiencias del NMED ubicada
en el edificio Harold Runnels, 1190 South St. Francis
Drive, Sala S-2102 Santa Fe, NM, 87505. El texto completo de las enmiendas
propuestas también se puede ver en línea en: https://www.env.nm.gov/21691-2/.
La audiencia se llevará a cabo conforme a los Procedimientos
Normativos de la EIB (20.1.1 NMAC); la Ley para el Mejoramiento Ambiental,
Sección 74-1-9 NMSA 1978; la Ley Estatal para Reglamentos, Sección 14-4-5.3
NMSA 1978; y otros procedimientos correspondientes.
Todos los interesados tendrán una oportunidad razonable durante la
audiencia de presentar pruebas, datos, puntos de vista y argumentos
pertinentes, oralmente o por escrito; de presentar documentos y objetos de prueba;
y de interrogar a los testigos. Toda persona interesada en presentar una
declaración escrita que no sea de carácter técnico para que conste en actas, en
lugar de testimonio oral, deberá presentar dicha declaración antes de la
finalización de la audiencia.
De conformidad con los Procedimientos Normativos de la EIB, aquellos
interesados en presentar testimonio de carácter técnico deberán presentar ante
la EIB un aviso por escrito de su intención de presentar dicho testimonio antes
de las 5:00 de la tarde del 3 de agosto de 2018. El aviso de intención debe:
- identificar a la persona o
entidad para la cual testificará/n el/los testigo/s;
- identificar a cada testigo
técnico que la persona tenga la intención de presentar y establecer las
cualificaciones de cada testigo, incluso una descripción de sus antecedentes
educativos y laborales;
- incluir una copia del
testimonio directo de cada testigo técnico en forma narrativa, e indicar la
duración prevista del testimonio oral directo de ese testigo;
- incluir el texto de
toda modificación recomendada para el cambio normativo propuesto; y
- hacer una lista y
adjuntar todos los documentos y objetos de prueba que se anticipa que esa
persona presentará en la audiencia.
Los avisos de intención para la audiencia deben llegar a la Oficina de
Audiencias antes de las 5:00 de la tarde del 3 de agosto de 2018, y deben
incluir como referencia el nombre del reglamento, la fecha de la audiencia y el
número de expediente EIB 18-01(R). Los avisos de intención de presentar
testimonio de carácter técnico deben enviarse a la Administradora de Juntas y
Comisiones:
Pam Castaneda, Administrator
of Boards and Commissions
Office of the Environmental
Improvement Board
Harold Runnels Building
P.O. Box 5469
Santa Fe, NM 87502
Los interesados podrán ofrecer comentarios públicos que no sean de
carácter técnico durante la audiencia o presentar declaraciones escritas que no
sean de carácter técnico en lugar de testimonio oral antes o durante la audiencia.
Los comentarios escritos relativos a las revisiones propuestas podrán enviarse
a la señorita Pam Castaneda, Administradora de Juntas y Comisiones, a la
dirección antes indicada, y deben incluir como referencia el número de
expediente EIB 18-01(R).
Toda persona que necesite asistencia, intérprete o un dispositivo
auxiliar para participar en este proceso deberá comunicarse con Pam Castaneda,
Administradora de la EIB, antes del 13 de agosto de 2018, en P.O. Box 5469,
1190 St. Francis Drive, Santa Fe, New Mexico, 87502, por teléfono al (505)
827-2425 o por correo electrónico a pam.castaneda@state.nm.us. (Los
usuarios de TDD y TTY podrán acceder a ese número a través de New Mexico Relay Network: 1-800-659-1779 (voz); usuarios de TTY:
1-800-659-8331).
La EIB podrá tomar una decisión acerca del cambio normativo propuesto
al finalizar la audiencia o podrá convocar a una reunión después de la
audiencia para considerar qué acción tomar con respecto a la propuesta.
Aviso de no discriminación
El Departamento del Medio Ambiente de Nuevo México (“NMED” por su
sigla en inglés) no discrimina por motivos de raza, color, origen nacional,
discapacidad, edad o sexo en la administración de sus programas o actividades,
conforme a lo exigido por las leyes y los reglamentos correspondientes. El NMED
es responsable de la coordinación de esfuerzos para el cumplimiento de las
reglas y la recepción de indagaciones relativas a los requisitos de no
discriminación implementados por 40 C.F.R. Parte 7, que incluye el Título VI de
la Ley de Derechos Civiles de 1964, como fuera enmendado; la Sección 504 de la
Ley de Rehabilitación de 1973; la Ley de Discriminación por Edad de 1975; el
Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972; y la Sección 13 de las
Enmiendas a la Ley Federal de Control de la Contaminación del Agua de 1972. Si
tiene preguntas sobre este aviso o sobre cualquier programa, política o
procedimiento de no discriminación del NMED, puede comunicarse con la
Coordinadora de No Discriminación: Kristine Pintado,
Non-Discrimination Coordinator
New Mexico Environment Department,
1190 St. Francis Dr., Suite N4050, P.O. Box 5469, Santa Fe, NM 87502, (505)
827-2855, nd.coordinator@state.nm.us. Si piensa que
ha sido discriminado con respecto a un programa o actividad del NMED, puede
comunicarse con la Coordinadora de No Discriminación antes indicada o visitar
nuestro sitio web en https://www.env.nm.gov/NMED/EJ/index.html para saber
cómo y dónde presentar una queja por discriminación.